lunes, 17 de enero de 2011

Los Usatges


Los Usatges son una recopilación de textos jurídicos de distintas épocas que contienen leyes, usos judiciales y preceptos de distinta índole y que están considerados como el primer código de derecho catalán.
La creación de esta recopilación jurídica surge tras la necesidad de corregir las deficiencias existentes en el Liber Iudiciorum ̶ código promulgado por el monarca visigodo Recesvinto en el año 654 ̶̶ y sobre todo por la necesidad de adaptar las leyes a los nuevos tiempos.
El origen de los Usatges es difícil de establecer. Bien podría haber surgido a raíz de la Curia de 1068, en tiempos de Ramón Berenguer i, o bien como obra de un jurista —muy influenciado por el derecho romano— a mediados del siglo xiii, bajo el mandato de Ramón Berenguer iv. Posteriormente se producirían adiciones hasta tiempos de Jaime el Conquistador. Las fuentes esenciales de los Usatges serían la ley visigoda, la ley romana, disposiciones de las asambleas de paz y tregua, y costumbres feudales.
A partir del siglo xii, los Usatges pasan a convertirse en la legislación territorial. Jaime i otorgó carácter oficial a los Usatges —mediante la Constitución de 1251— convirtiéndose éstos en el derecho general del país. En este derecho deberán basarse los jueces, de ahora en adelante, a la hora de aplicar las leyes.
Foto: Jaime i con sus consejeros, entre ellos un obispo. Miniatura del manuscrito de los Usatges de Barcelona, del s. xv. Archivo del Concejo de Lérida

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